La movilidad sostenible es una de las prioridades de los gobiernos de todos los países europeos. En los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, la apuesta por el transporte público y, sobre todo, el fomento del coche eléctrico se consideran claves para el futuro próximo de las sociedades occidentales. En nuestro país, esto se ha concretado en el Real Decreto 29/2021. En este documento, que entró en vigor en 2022, la normativa de recarga de vehículos eléctricos está reflejada de manera muy clara. Y va a transformar las ciudades. Si se acude a este texto oficial se comprueba que muchas empresas y organismos que operan en el territorio nacional tendrán que adaptar sus espacios para la recarga de coches eléctricos conforme a una serie de parámetros establecidos.
¿En qué consiste la normativa de recarga de vehículos eléctricos?
De una manera muy resumida, las nuevas leyes y reglamentos marcados por el Consejo Europeo y por España obligan a Instalar punto de recarga coche eléctrico en lugares accesibles y no muy alejados unos de otros. Y esta es solo la cuestión más destacada de un nuevo paquete de medidas que analizamos en profundidad.
Medidas para nueva red de cargadores
El año 2025 es la fecha clave que el Parlamento Europeo ha marcado en el calendario para que tener un coche eléctrico sea la mejor opción para los ciudadanos.
Será así gracias a las nuevas normas adoptadas por el Consejo de la UE para facilitar que todos los ciudadanos del continente puedan desplazarse con comodidad con este tipo de vehículos no contaminantes.
Las principales medidas de estas normas, adoptadas por España, son las siguientes:
- Un punto de carga cada 60 km: las principales rutas de transporte deberán ofrecer puntos de recarga rápida de 150 kW en distancias no superiores a 60 km para coches y furgonetas. Los vehículos de mayor tamaño tendrán también una cobertura similar a partir de 2030.
- Puntos de carga en parkings y estaciones de servicio: una gran cantidad de parkings públicos y estaciones de servicio tendrán que contar con puntos de recarga. Para ello, se recomienda la instalación de placas solares en tejados y cubiertas, con el objetivo de que toda la energía utilizada sea verde.
- Puntos de recarga en edificios no residenciales privados y públicos: la obligación del punto de carga se extiende a edificios con más de 20 aparcamientos que no estén destinados a viviendas particulares. Esta norma hace que muchas empresas y organismos de nuestro país tengan que plantear la instalación a corto plazo.
- Permitir el pago con tarjeta: el usuario no tendrá por qué descargarse aplicaciones o suscribirse a empresas que surtan energía para sus coches. Será posible pagar con la tarjeta de crédito o el contactless.
¿Qué empresas están obligadas a instalar los puntos de recarga?
Evidentemente, esto es así en el caso de las empresas que cuentan con instalaciones propias y en las que hay zonas de aparcamiento exclusivas, propiedad de la misma compañía.
Como se ha señalado, los puestos con puntos de recarga serán obligatorios en empresas con más de 20 plazas de aparcamiento. En este caso, se tendrá que instalar al menos uno de estos espacios de suministro, siempre que el total de plazas no supere las 40. En ese punto, habría que sumar una segunda estación, y así progresivamente.
Lo que muchas oficinas, fábricas están haciendo es adelantarse a la normativa e instalar más de las exigidas. Para ello, están creando un ecosistema de energía sostenible con empresas como Barter Energy y nuestros Anillos Barter, con los que las placas solares comparten energía con otras instalaciones en un radio de 500 metros.
¿Qué aparcamientos deben instalar puntos de recarga?
Los aparcamientos públicos se ven también afectados por la normativa europea y, en consecuencia, por el Real Decreto del Gobierno español. Aquí también se tienen en cuenta los espacios de aparcamiento que dependen directamente de la administración pública.
La normativa es muy parecida a la de las empresas: colegios, ayuntamientos, centros de justicia y hospitales tienen que incluir al menos un punto de recarga a partir de 20 plazas y sumar uno más cuando se pase de 40, 80, 120… Y así progresivamente.
A este punto de carga cada cuarenta vehículos hay que sumar uno más por cada cien plazas, hasta 500 plazas en el caso de espacios públicos y 1000 en las privadas.
¿Qué ocurre con edificios protegidos como ayuntamientos que son considerados construcciones históricas? En estos casos la normativa requiere de un estudio personalizado, ya que ante todo prima la preservación del valor arquitectónico del lugar.
Ventajas fiscales para empresas
Obviamente, la instalación de puntos de recarga eléctricos supone un desembolso que muchas empresas no pueden asumir. Por eso, desde el Estado se ha presentado una serie de ventajas fiscales que ayudan a los directivos a hacer estos esfuerzos por crear un planeta más sostenible:
Plan MOVES III
El plan MOVES III contempla ayudas económicas directas por la instalación de estas estructuras. En total, particulares y autónomos pueden recibir hasta el 80 % del coste total de la obra. Las grandes empresas y administraciones públicas tendrán acceso a un máximo del 60 % del pago.
Reducción en el IBI
Las empresas que lleven a cabo la adaptación a la norma podrán beneficiarse de una reducción de hasta el 50 % en el pago anual del Impuesto de Bienes Inmuebles.
Impuesto sobre actividades económicas
Otro de los grandes impuestos que tienen anualmente las empresas. Aquellas que se adapten a la normativa en materia de carga de vehículos eléctricos podrán ver reducido en un 50 % la cuota que les corresponde pagar.
El impuesto de construcciones, instalaciones y obras casi desaparece
Conscientes de que esta obligación pone en jaque la economía de muchas empresas, el impuesto de construcciones, instalaciones y obras se podría reducir hasta en un notable 90 %.
Todos estos apoyos suponen un impulso para muchas de las pequeñas, grandes y medianas empresas que operan en el país y que, desde el 1 de enero de 2023, ya deberían estar contando con estos puntos de recarga obligatorios para coches eléctricos.