Qué esperar de una renta por el alquiler de cubiertas para la generación de energía limpia

La energía solar fotovoltaica sigue siendo tendencia por el gran número de beneficios que ofrece. Algunas empresas y particulares no solo contemplan la posibilidad de autoabastecerse, sino también la de sacarle un mayor rendimiento económico.

Qué esperar de una renta por el alquiler de cubiertas para la generación de energía limpia

Las ventajas de alquilar un tejado para una instalación fotovoltaica son muchas. Por un lado, se genera una fuente de ingresos fija que dependerá de la vida útil de los paneles. Por otra parte, se trata de rentabilizar un espacio generalmente infrautilizado. Por último, se contribuye a reducir la huella de carbono y las emisiones contaminantes.

La propuesta de Barter consiste en alquilar a través de un contrato a largo plazo este espacio, lo que supondrá un rendimiento económico adicional para el propietario de la cubierta generando energía solar fotovoltaica. En Barter planteamos la modalidad de renta anual con el propietario de la cubierta en cuestión, la cual, por cierto, deberá contar como mínimo con unos 800m2. Una vez firmado el contrato, nos encargaremos absolutamente de todo y con la instalación en funcionamiento, comenzaremos a pagar la renta pactada.

A partir de la generación de energía, Barter comercializa esa energía entre los vecinos ubicados en un radio de 2 kilómetros alrededor de la instalación fotovoltaica. Ofrecemos así la modalidad de autoconsumo colectivo que se regula en el Real Decreto 244/2019 de 5 de abril, y que es una de las modalidades de generación de energía limpia más atractivas del mercado. Proponemos a esos vecinos ahorros en su factura de electricidad del 25% como mínimo sin necesidad de efectuar inversión alguna.

De esta manera, logramos un impacto múltiple que afecta positivamente a los propietarios de esas cubiertas, a sus vecinos y, desde luego, al medio ambiente.

Dudas sobre la cuantía por el alquiler de estos tejados

 

Son varios los factores que influyen en la renta que se pueda llegar a ofrecer. El factor decisivo para fijar un precio por este alquiler depende de la energía que se produzca. Las horas de sol al año, o de otra manera, la propia generación de energía es fundamental.

Ubicación, inclinación, orientación, son otros factores que influyen en la renta o, desde otra perspectiva, en la imposibilidad de llevar a cabo la instalación.

Algunas informaciones publicadas señalan unas rentas completamente fuera de mercado, con cuantías irreales que no tienen en cuenta los diferentes factores mencionados anteriormente, por lo menos a lo que a autoconsumo colectivo se refiere. Es posible que en estas informaciones se estén mezclando modalidades diferentes, con ocupaciones de metros cuadrados mucho más grandes que solo mencionan rentas a cobrar, pero sin restar los ingresos que esos metros cuadrados podrían estar ya recibiendo.

Insistimos: la propuesta de Barter para los propietarios de esas cubiertas o tejados está relacionada con el alquiler de una superficie en desuso, y no con los precios de la energía. Esta es una de las grandes diferencias con otras modalidades, que además la hace previsible y ajena a las subidas y bajadas de los precios de la electricidad. Con la firma de un contrato de alquiler, el propietario de la superficie sabrá desde el primer momento dos cosas: la primera, que todos los años va a cobrar por un alquiler, y la segunda, cuánto cobrará por el mismo.

Si estás interesado en esta posible alternativa, ponte en contacto con nosotros para ofrecerte más información o realizar un proyecto profesional. En Barter encontrarás una empresa de confianza con experiencia en la instalación de plantas fotovoltaicas en edificios, colegios, polideportivos, naves o centros comerciales, entre otras opciones siempre que sean viables.